Volver a inicio Riesgo penal — Actuar en 24 horas

Hallazgo Fortuito Durante Excavación

Qué hacer cuando encuentras restos arqueológicos durante tu obra. El protocolo que puede salvarte de cárcel y multas millonarias.

PROTOCOLO DE EMERGENCIA — Primeras 24 Horas

1.

PARALIZAR inmediatamente todo trabajo en el área del hallazgo. No mover nada. No intentar "limpiar" o "despejar".

2.

PROTEGER el área — Cercar la zona, colocar señalización, evitar que personal o maquinaria se acerque.

3.

COMUNICAR al Ministerio de Cultura dentro de las 24 horas. Este es el plazo legal. Si no se comunica, la responsabilidad se agrava.

4.

CONTRATAR arqueólogos para el registro técnico, documentación y eventual rescate del material.

El Escenario Real

Estás excavando cimientos para un edificio. Tu proyecto tiene CIRA favorable, pero recuerda: el CIRA solo certifica la superficie del terreno, no el subsuelo. A 2 metros de profundidad, la retroexcavadora impacta sobre fragmentos de cerámica y restos óseos. El maestro de obra, presionado por el cronograma y sin conocer la ley, decide seguir trabajando para "despejar el área" y no perder tiempo.

Al día siguiente, el Ministerio de Cultura realiza una fiscalización de rutina o un vecino denuncia. El inspector encuentra evidencia de que los trabajos continuaron después del hallazgo.

El resultado: paralización total, multa millonaria y proceso penal contra el director de obra y el representante legal.

Precisamente por esto, incluso con CIRA favorable, el PMAR es obligatorio durante todo movimiento de tierras (D.S. N° 011-2022-MC). El arqueólogo monitor habría identificado el hallazgo, detenido la maquinaria y activado el protocolo correcto sin consecuencias legales.

Consecuencias de No Actuar Correctamente

Paralización de TODA la obra

No solo del área afectada — toda la obra se detiene hasta que el Ministerio autorice la reanudación.

Multa de hasta 1,000 UIT (S/ 5,350,000)

Si se demuestra que los trabajos continuaron después del hallazgo, la multa se clasifica como "muy grave".

Responsabilidad penal — 2 a 5 años de prisión

Art. 226 del Código Penal: depredación o alteración de bienes arqueológicos sin autorización. Aplica al director de obra y al representante legal de la empresa.

Rescate arqueológico de emergencia a costo del promotor

El costo del rescate, registro y documentación corre íntegramente por cuenta de la empresa. Los rescates de Categoría C ahora pueden ejecutarse dentro del PEA sin necesidad de un PRA separado (D.S. N° 004-2025-MC).

Prohibición de regularización posterior

Está expresamente prohibido realizar intervenciones arqueológicas "en vías de regularización" — es decir, ejecutar trabajos primero y solicitar permisos después. Toda intervención requiere autorización previa del Ministerio de Cultura (D.S. N° 011-2022-MC). Intentar regularizar después del hecho agrava la responsabilidad.

Tipos de Hallazgos Más Comunes

En Perú, los hallazgos fortuitos durante obras de construcción son frecuentes, especialmente en zonas costeras y en ciudades con historia prehispánica. Los más comunes son:

  • Restos óseos humanos
    Entierros prehispánicos que pueden tener miles de años
  • Fragmentos de cerámica
    Cultura Lima, Blanco sobre Rojo, Ichma, entre otras
  • Muros de piedra o adobe
    Estructuras arquitectónicas prehispánicas
  • Material lítico
    Herramientas de piedra, puntas de proyectil
  • Textiles y objetos metálicos
    En zonas con buena preservación

Casos Reales en Perú

En 2024, durante obras de instalación de gas en Miraflores (Lima), se descubrieron entierros prehispánicos de la cultura Lima. La obra contaba con PMAR aprobado mediante Resolución Directoral, por lo que el hallazgo fue gestionado correctamente y la obra continuó con supervisión arqueológica.

En 2026, en San Isidro, se encontró un entierro prehispánico de aproximadamente 2,000 años durante obras similares. Nuevamente, el PMAR permitió gestionar el hallazgo sin paralización prolongada.

La diferencia entre un desastre legal y una gestión exitosa es simple: tener un Plan de Monitoreo Arqueológico (PMAR) aprobado con Resolución Directoral antes de iniciar la obra. Incluso con CIRA favorable, el PMAR es obligatorio durante todo movimiento de tierras.

Marco Legal

  • Ley 28296, Art. 22.3
    Obligación de comunicar hallazgos fortuitos dentro de las 24 horas
  • D.S. N° 011-2022-MC (RIA)
    Protocolo de actuación ante hallazgos. Prohíbe intervenciones "en vías de regularización"
  • D.S. N° 004-2025-MC
    Simplificaciones: rescates Categoría C dentro del PEA, sin necesidad de PRA separado
  • Art. 226 del Código Penal
    Pena de 2 a 5 años de prisión por depredación de bienes arqueológicos
  • UIT 2026: S/ 5,350
    Multas de hasta 1,000 UIT (S/ 5,350,000)

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